WeCheck360 – ir a la página de inicio

Accesibilidad digital: quién vigila en España y qué se arriesga de verdad

Actualización: julio de 2026 · Lectura: aprox. 7 minutos · No constituye asesoramiento legal

Desde el 28 de junio de 2025, las autoridades pueden perseguir los incumplimientos de las obligaciones de accesibilidad derivadas de la European Accessibility Act. Esta guía muestra con sobriedad quién vigila en España, cómo transcurre el procedimiento y qué importes están en juego.

Quién vigila

La Ley 11/2023 encomienda la vigilancia a las autoridades que designan las comunidades autónomas; la Administración General del Estado interviene cuando el ámbito supera una comunidad. No hay registro previo ni autorización: es una supervisión continua, por muestreo y a raíz de reclamaciones. Para una tienda online o un portal de reservas, el interlocutor es por tanto la autoridad de vigilancia de su comunidad.

Cómo transcurre el procedimiento

El procedimiento suele ser gradual. Primero llega un requerimiento de subsanación con plazo; la sanción solo si no se actúa. En casos persistentes pueden añadirse medidas adicionales, hasta la restricción del servicio. Una multa inmediata sin requerimiento previo es la excepción, no la regla.

Los importes en juego

La Ley 11/2023 remite para las sanciones a la legislación sectorial correspondiente y, con carácter supletorio, al régimen general en materia de derechos de las personas con discapacidad. Ese régimen es escalonado: las infracciones leves van de 301 a 30.000 euros, las graves llegan hasta 90.000 euros y las muy graves hasta 1.000.000 de euros. La cuantía concreta depende de la gravedad, la reiteración y las circunstancias del caso; pueden añadirse restricciones al acceso a ayudas públicas.

Reclamaciones

Los consumidores y las asociaciones pueden denunciar un servicio inaccesible ante la autoridad de su comunidad. Una reclamación puede abrir un procedimiento. El riesgo más concreto para una empresa no es la multa máxima teórica, sino una reclamación que desencadena un requerimiento, con los costes de subsanación bajo plazo y la exposición pública que conlleva.

Antes de que le alcance una reclamación o un muestreo, merece la pena la mirada externa sobre su propia web. Lo que realmente se carga y cómo de usable es la página, lo muestra un escaneo automatizado.

Sepa cómo está su web antes de que pregunte la autoridad.

El escaneo teaser gratuito de WeCheck360 comprueba su sitio web en pocos minutos sobre accesibilidad, RGPD y EU AI Act. Verá de inmediato su puntuación y el número de hallazgos. Solo URL y correo electrónico, sin suscripción.

Comprobar mi web gratis ahora

Preguntas frecuentes

¿Qué multas hay por incumplir la accesibilidad en una tienda online?

El régimen aplicable es escalonado: de 301 a 30.000 euros las infracciones leves, hasta 90.000 euros las graves y hasta 1.000.000 de euros las muy graves, conforme a la legislación sectorial y, supletoriamente, al régimen general en materia de discapacidad. Por lo general precede un requerimiento con plazo.

¿Quién vigila la accesibilidad de las webs de comercio en España?

Las autoridades de vigilancia que designan las comunidades autónomas; la Administración General del Estado cuando el ámbito supera una comunidad. La supervisión funciona por muestreo y a raíz de reclamaciones.

¿Qué ocurre primero en caso de incumplimiento?

Por regla general, un requerimiento de subsanación con plazo, no una multa inmediata. La sanción llega si no se actúa.

¿Puede un consumidor denunciar mi web?

Sí. Consumidores y asociaciones pueden presentar reclamaciones ante la autoridad autonómica competente, y una reclamación puede abrir un procedimiento de vigilancia.

Actualización: julio de 2026. Este artículo ha sido revisado editorialmente y no constituye asesoramiento legal. Para su caso concreto, diríjase a un despacho especializado.